jesusmaria
07-03-2007 , 10:41
CAPITULO I . LOS DERECHOS DEL ALUMNADO.
Art. 4. Derecho a la formación de calidad.
Apdo 1 Para hacer efectivo este derecho, el profesor deberá contar con el apoyo y la colaboración de los padres o tutores legales del alumno, puesto que estos son en primer lugar, responsables de la educación de los menores a su cargo.
Articulo 9.
Apar. 1 Sin que ello suponga la vulneración de las normas del centro en cuanto a indumentaria y símbolos en la manera de vestir o de expresarse, así como el respeto de las ideologías del resto de la comunidad educativa, incluidos los docentes y el resto del personal del centro educativo.
Apdo 2. En caso de sufrir este tipo de tratos o agresiones, las medidas tomadas al respecto, como cambios de clase o de centro deberían recaer sobre el agresor, en ningún caso sobre la víctima.
Apdo 4.Las condiciones de seguridad e higiene a que hace referencia el apdo incluirán la obligación de mantener limpios los centros, incluidos patios y cafetería y la obligación de respetar al personal encargado de la limpieza, como responsables del mantenimiento del centro, y que en ningún caso deban ser confundidos con empleadas de hogar al servicio del resto de la comunidad educativa.
Artículo 12
Apdo 1. Este derecho no puede suponer la posibilidad de interrumpir continuamente el normal funcionamiento de las clases para expresar opiniones personales que nada tienen que ver con el tema que se está tratando y que en algunos de los casos van encaminadas a criticar o a oponerse al normal desarrollo de su trabajo por parte del docente.
Apdo 2. reuniones en horario lectivo por motivos sobradamente justificados y como casos excepcionales o , al menos, con una frecuencia limitada.
Artículo 14
Apdo 1. Uso responsable y adecuado de dichas instalaciones, será así mismo responsable del deterioro de las mismas motivadas por su mal uso y deberá hacer frente al pago de los desperfectos ocasionados, sin perjuicio de otras sanciones a que hubiera lugar, haciendo responsables subsidiarios a los padres o tutores.
Artículo 15.
Apdo 1 Sin que en ningún caso los apoyos precisos, ni la atención a la diversidad supongan el retraso en el aprendizaje del resto de compañeros de la clase, ni se realice una igualación por debajo.
Apdo 2 .Al alumno tiene derecho al uso gratuito de los libros de texto y el deber de conservarlos en condiciones óptimas y responsabilizarse de su conservación mientras dure el periodo durante el cual tiene derecho a usarlos.
CAPITULO II. DEBERES DEL ALUMNADO.
Artículo 20.
Debe poder garantizarse que , mediante las medidas correctoras adecuadas (sancionadoras, en su caso) los alumnos cumplan con este deber o, al menos, se garantice que una minoría no vulnerará este derecho a una mayoría.
Artículo 22.
Se deberán garantizar el cumplimiento de estos deberes y tipificar las agresiones a los profesores como tales, y no como faltas.
Artículo 26.
Como queda especificado en el comentario al artículo 14 apdo 1, en caso de incumplimiento de lo estipulado en este artículo 26, el alumno, y en su caso, sus padres o tutores legales, deberán responsabilizarse del pago de los desperfectos ocasionados, así como de cumplir las sanciones a que hubiera lugar.
Art. 4. Derecho a la formación de calidad.
Apdo 1 Para hacer efectivo este derecho, el profesor deberá contar con el apoyo y la colaboración de los padres o tutores legales del alumno, puesto que estos son en primer lugar, responsables de la educación de los menores a su cargo.
Articulo 9.
Apar. 1 Sin que ello suponga la vulneración de las normas del centro en cuanto a indumentaria y símbolos en la manera de vestir o de expresarse, así como el respeto de las ideologías del resto de la comunidad educativa, incluidos los docentes y el resto del personal del centro educativo.
Apdo 2. En caso de sufrir este tipo de tratos o agresiones, las medidas tomadas al respecto, como cambios de clase o de centro deberían recaer sobre el agresor, en ningún caso sobre la víctima.
Apdo 4.Las condiciones de seguridad e higiene a que hace referencia el apdo incluirán la obligación de mantener limpios los centros, incluidos patios y cafetería y la obligación de respetar al personal encargado de la limpieza, como responsables del mantenimiento del centro, y que en ningún caso deban ser confundidos con empleadas de hogar al servicio del resto de la comunidad educativa.
Artículo 12
Apdo 1. Este derecho no puede suponer la posibilidad de interrumpir continuamente el normal funcionamiento de las clases para expresar opiniones personales que nada tienen que ver con el tema que se está tratando y que en algunos de los casos van encaminadas a criticar o a oponerse al normal desarrollo de su trabajo por parte del docente.
Apdo 2. reuniones en horario lectivo por motivos sobradamente justificados y como casos excepcionales o , al menos, con una frecuencia limitada.
Artículo 14
Apdo 1. Uso responsable y adecuado de dichas instalaciones, será así mismo responsable del deterioro de las mismas motivadas por su mal uso y deberá hacer frente al pago de los desperfectos ocasionados, sin perjuicio de otras sanciones a que hubiera lugar, haciendo responsables subsidiarios a los padres o tutores.
Artículo 15.
Apdo 1 Sin que en ningún caso los apoyos precisos, ni la atención a la diversidad supongan el retraso en el aprendizaje del resto de compañeros de la clase, ni se realice una igualación por debajo.
Apdo 2 .Al alumno tiene derecho al uso gratuito de los libros de texto y el deber de conservarlos en condiciones óptimas y responsabilizarse de su conservación mientras dure el periodo durante el cual tiene derecho a usarlos.
CAPITULO II. DEBERES DEL ALUMNADO.
Artículo 20.
Debe poder garantizarse que , mediante las medidas correctoras adecuadas (sancionadoras, en su caso) los alumnos cumplan con este deber o, al menos, se garantice que una minoría no vulnerará este derecho a una mayoría.
Artículo 22.
Se deberán garantizar el cumplimiento de estos deberes y tipificar las agresiones a los profesores como tales, y no como faltas.
Artículo 26.
Como queda especificado en el comentario al artículo 14 apdo 1, en caso de incumplimiento de lo estipulado en este artículo 26, el alumno, y en su caso, sus padres o tutores legales, deberán responsabilizarse del pago de los desperfectos ocasionados, así como de cumplir las sanciones a que hubiera lugar.